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La necesidad del diálogo interreligioso

José Ferrer organizó el día 24 de mayo un panel con representantes de varios grupos religiosos, en el Salón de Grados de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad de Granada (ugr). El título de esta reunión fue, “Mesa de diálogo interreligioso en la mediación intercultural”.

Invitados a formar parte del panel fueron los Testigos Cristianos de Jehová, que enviaron a Alexis Aneas Fernández; los musulmanes, representados por Zacaríah Maza; los evangélicos o protestantes, cuyo representante fue Israel Flores Olmos, y La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (mormones), con Faustino López Requena. También se invitó a la Iglesia Católica, pero el que en un principio se comprometió a participar dijo a última hora que no podía asistir. Tampoco hubo ningún representante judío, porque la Federación de Comunidades Judías de España no tiene ningún grupo en Granada. Y algo semejante sucede con los ortodoxos.

José Ferrer es mormón, y está trabajando en la Universidad de Granada, dentro del Instituto de la Paz y los Conflictos, en un proyecto de tesis doctoral sobre “Libertad religiosa y diálogo interreligioso en España”. Y con esta reunión ha conseguido abrir una puerta a la Religión en la Universidad de Granada, algo nada fácil, no sólo en esta ciudad, sino también en la mayoría de las universidades españolas. Jorge Bolaños Carmona, representante de la Universidad de Granada en la reunión, dijo que había quedado muy satisfecho, y compartió su deseo de que se celebraran en el futuro unas Jornadas que ayudaran a que la Religión encontrara un lugar en la universidad.

El objetivo de este panel era permitir a los representantes de diferentes grupos religiosos compartir su experiencia sobre el tipo de diálogo que hay entre los grupos que ellos representan y la Administración central, autonómica y local. Cada uno de los ponentes tomó unos diez minutos, y después se abrió un diálogo entre ellos y los asistentes, entre los que había un grupo de estudiantes de la universidad. Jorge Bolaños preguntó si los grupos religiosos notaban alguna diferencia en el dialogo con los representantes de la Administración según el partido político que estuviera en el gobierno. El representante de los musulmanes dijo que con los socialistas era más fácil que con los del PP, y el representante de los Testigos de Jehová dijo que la diferencia no estaba en el partido que gobernara, sino en las personas con las que se tratara.

El mapa religioso de España ha cambiado mucho. Los tiempos en que “ la Religión de la Nación española es la Católica”, como afirmaban las primeras constituciones españolas, ya son algo del pasado. Desde que se abrió el Registro de Asociaciones Confesionales no católicas, con la aprobación de la primera Ley de libertad religiosa de España (la Ley 44/1967 de 28 de junio), a fecha 7 de junio de 2011, es decir, 44 años después, se habían inscrito un total de 2.790 entidades religiosas de las llamadas minoritarias. Y se calcula que hay en España aproximadamente 1,500.000 musulmanes, 1,400.000 protestantes, 105.000 Testigos de Jehová, 47.000 mormones, 40.000 judíos y 40.000 budistas, y otros grupos menores.

Este pluralismo religioso de la sociedad española exige un cambio en el diálogo entre la Administración española y los grupos religiosos no católicos.

El Artículo 16.3 de la Constitución española de 1978 decía que “… los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española, y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”. Este mandato constitucional a los poderes públicos se desarrolla en el Artículo 7.1 de la Ley Orgánica 7/1980, 5 de julio, de Libertad Religiosa: “El Estado, teniendo en cuenta las creencias religiosas existentes en la sociedad española, establecerá, en su caso, acuerdos o convenios de cooperación con las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas inscritas en el Registro que por su ámbito y número de creyentes hayan alcanzado notorio arraigo en España. En todo caso, estos acuerdos se aprobarán por Ley de las Cortes Generales”.

Ese “ámbito y número de creyentes” necesario para lograr el notorio arraigo de que se habla en este artículo significa que los grupos religiosos deben tener “representatividad social” (un determinado número de afiliados), “presencia histórica” (número de años en el país) y “presencia territorial” (difusión en el territorio nacional de creyentes, personal religioso y lugares de culto). El notorio arraigo no tiene consecuencias legales: es lo que se conoce como un “acto jurídico indeterminado”. Pero tiene consecuencias sociales: da al grupo legitimidad pública y le abre las puertas a una posible negociación para lograr el citado acuerdo de cooperación. Y eso es lo que sucedió en 1992 con los grupos que tenían reconocido su notorio arraigo: la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE) y la comisión Islámica de España (CIE) firmaron acuerdos de cooperación con el Estado español.

Los derechos que estos grupos lograron con ese acuerdo fueron los siguientes: Derechos individuales (efectos civiles de sus matrimonios religiosos; enseñanza de sus creencias en centros de enseñanza públicos y privados concertados; asistencia religiosa en las fuerzas armadas, en hospitales y centros penitenciarios, y el reconocimiento de sus festividades religiosas), y derechos colectivos (exención de ciertos tributos e impuestos, recibir y organizar ofrendas y colectas, nombramiento de ministros de culto, derecho a los beneficios de la Seguridad Social, establecer centros y prestar servicios asistenciales, conservación del patrimonio histórico, derechos a la alimentación propia…).

Años después, se reconoció el notorio arraigo a otros grupos religiosos: La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (mormones), en 2003; los Testigos Cristianos de Jehová, en 2006, la Federación de Comunidades Budistas de España, en 2007, y la Iglesia Ortodoxa de España, en 2010. Estos cuatro grupos religiosos aún esperan que alguno de los gobiernos españoles, tanto del PSOE como del PP, cumpla con el mandato constitucional citado anteriormente.

Estos grupos religiosos han buscado la mediación de la Subdirección General de Relaciones con la Confesiones, dependiente de la Secretaría de Estado de Justicia. Y aunque una de sus funciones es “la elaboración de las propuestas de acuerdos y convenios de cooperación con las iglesias, confesiones y comunidades religiosas y, en su caso, su seguimiento”, aún no se ha conseguido nada. La Fundación Pluralismo y Convivencia, también dependiente del Ministerio de Justicia (y quizá este sea el principal obstáculo para ambas instituciones, al ejercer sus funciones de mediación entre los grupos religiosos y la Administración central, especialmente el Ministerio de Justicia), aconsejó a los cuatro grupos religiosos con notorio arraigo que se unieran para solicitar la firma de acuerdos con el Estado, porque por separado les sería más difícil conseguirlo. Precisamente, los acuerdos con protestantes, judíos y musulmanes de 1992 tuvieron que ser aprobados y firmados al mismo tiempo: algunos  problemas en las negociaciones con los musulmanes obligaron a protestantes y judíos a  esperar la firma de sus acuerdos.

Y como se debatió en el panel de la Universidad de Granada, este “diálogo interreligioso” entre las confesiones minoritarias y la Administración (vertical), también necesita el diálogo entre las diferentes religiones minoritarias (horizontal). Porque en las ponencias quedó claro que los grupos que ya lograron sus acuerdos (protestantes, judíos y musulmanes) todavía están luchando para que los derechos de sus acuerdos se cumplan plenamente, y los que todavía están esperando por firmarlos (mormones, Testigos de Jehová, Budistas y Ortodoxos) ven con desánimo la falta de voluntad de los partidos políticos. Urge, pues, el establecimiento de ese “diálogo interreligioso” que asegure el cumplimiento de las obligaciones de la Administración en su relación con una sociedad española plural.

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